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Poderes y Certificaciones
La Sección Consular brinda servicios relacionados con carta poder, poderes notariales, certificaciones y determinados documentos consulares que deban surtir efecto en Honduras o ante autoridades competentes. Antes de asignar cita, la Embajada puede requerir revisión previa del borrador o de los documentos de respaldo.
¿Quién puede solicitarlo?
Este servicio está dirigido a ciudadanos hondureños o personas con interés legítimo que necesiten autorizar a un apoderado, certificar documentos o realizar determinadas actuaciones notariales ante la Embajada.
A. Carta poder
Qué esLa carta poder es un poder limitado para un trámite específico y concreto, como entrega de documentos o una gestión administrativa puntual.
Requisitos
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DNI o pasaporte del otorgante.
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Copia del documento de identidad del apoderado.
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Descripción clara del trámite específico.
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En ciertos casos, copia de colegiación si el apoderado es abogado.
Pasos
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La Embajada revisa el caso y emite invoice.
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Se programa cita.
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El interesado firma el documento ante la autoridad consular.
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Se firma, sella y entrega el original al usuario.
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El documento debe autenticarse en Honduras ante la SRECI si así corresponde para su uso final.
B. Poder general o especial
Información generalEn los poderes generales o especiales, el texto debe ser redactado por abogado hondureño y remitido previamente a la Embajada. La Embajada no asume responsabilidad por errores de contenido jurídico del borrador.
Requisitos
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Borrador final del poder redactado por abogado hondureño.
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DNI o pasaporte del otorgante.
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Documento de identidad del apoderado.
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Carné de colegiación, si el apoderado es abogado.
Pasos
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El interesado envía el borrador para revisión operativa.
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La Embajada determina el tipo de poder y emite invoice.
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Se programa cita para firma.
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El original firmado queda en la Embajada y se entrega al usuario el testimonio correspondiente.
C. Certificaciones
Servicios frecuentes
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Certificación de licencia de conducir.
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Certificación de traducciones.
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Certificaciones documentales o de estado civil, según procedencia del caso.
Certificación de licencia de conducir
Honduras y Corea mantienen un esquema de validación recíproca de licencias, y la Embajada puede emitir la certificación correspondiente con traducción al coreano cuando la licencia esté vigente. Si la licencia está vencida, el trámite no aplica.
Requisitos para certificación de licencia
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DNI o pasaporte del titular.
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Licencia de conducir vigente en original.
Pasos
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El interesado envía copia de los documentos por correo.
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La Embajada emite invoice por USD 50.
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El usuario realiza el pago y se programa cita.
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En la cita se certifica la licencia con traducción al coreano.
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El usuario presenta luego la certificación ante la oficina de tránsito coreana.
Preguntas frecuentes
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¿La Embajada redacta poderes generales o especiales? No. El borrador debe ser preparado por abogado hondureño.
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¿Cuál es la diferencia entre carta poder y poder especial? La carta poder es limitada y para un trámite concreto; el poder especial o general tiene efectos jurídicos más amplios.
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¿Se puede certificar una licencia vencida? No.
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¿Puedo llevar mi propia traducción? En ciertos casos sí, pero la Embajada debe verificarla o certificarla para su uso ante instituciones hondureñas.
Contacto / orientación
Para evitar errores, se recomienda enviar primero por correo el borrador del poder o copia del documento a certificar antes de solicitar cita presencial.